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AutorRespuesta No: 351643
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Fecha de respuesta: Jueves 03 de Abril de 2014 22:30 2014-04-03 22:30 desde IP: 201.141.108.113
Los dos tienen razón, lo que pasa es que el asesor fiscal se refiere a que los veinte días por año de antigüedad está topado a dos días de salario mínimo y no al salario diario integrado, y efectivamente son tres meses de indemnización constitucional. Busque a un abogado especialista en la materia (cuidado con cuanto coyote hambreado se ponga a sus órdenes en este foro publicando su teléfono celulr) para que le asesore en la negociación y cálculo de indemnización.
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