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Fecha de respuesta: Sábado 29 de Marzo de 2014 23:55 2014-03-29 23:55 desde IP: 201.141.96.113
El poder que Usted menciona forzosamente debió ser otorgado ante notario y para actos de dominio, si es el caso Usted debe demandar la rendición de cuentas para que le entregue el dinero de la venta, salvo que lo dispensara. Ahora que si su poder no reune estos requisitos esa compraventa esá visiada de nulidad, sin embargo el comprador es de buena fe, por lo que necesita los servicios de abogado especialiasta en la materia para que revise la documentación que menciona y le explique las acciones a seguir. Sólo cuídese de los coyotes, incluso con los de este foro que no se cansan de publicar sus datos de contacto y para colmo con celular o radio porque no tienen oficina. Cuídate a ti mismo y mucho ojo.
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