- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 225921
- Autor : raulcadena
- Consultas en Foro: 3
- Respuestas en Foro: 6188
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 7305
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 349375
-
Fecha de respuesta: Sábado 29 de Marzo de 2014 21:42 2014-03-29 21:42 desde IP: 189.210.253.56
La obligación de los padres de dar alimentos a los hijos, cesa al cumplir éstos la mayoría de edad, o bien, hasta que terminen sus estudios profesionales (licenciatura), siempre y cuando los que se encuentren cursando sean acordes a la edad del hijo; asimimsmo, cuando contraen matrimonio (o unen en concubinato) o engendran a un hijo, pues se aume que a partir de cualquiera de estos dos eventos, tienen la capacidad para conseguir un trabajo y obtener los medios económicos para satisfacer sus propias necesidades.
-
Autor





