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  • Consulta : 225331
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 347608

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    si esta reconocido por ti ante el registro civil... tu ya tienes la patria potestad... lo que has de querer...es la guarda y custodia de menor... eso te lo dice tu abogado