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  • Consulta : 224879
  • Autor : rosa isela
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  • Autor
    Respuesta No: 346291

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    una vez q nazca el bb el sr te puede demandar el reconocimiento de paternidad y si sale la prueba a favor de el, entonces el juez decretara el reconocimiento y por ende conllevara a q el menor lleve el APELLIDO no apeidodel padre, y eso dara pie a q el sr tenga derechos y obligaciones para con el menor derechos la convivencia y obligaciones la de proporcionar lo respectivo a la pension alimenticia