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  • Consulta : 224746
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 345953

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No puede hacer nada para que la casa quede a su nombe.

    Considerando que sus padres estaban casados bajo el régimen de bienes mancomunados, usted solamente tendrá derecho, previo juicio sucesorio que promueva, a una tercera parte del 50% de la casa, ya que el otro 50% le pertenece a su padre, por concepto de gananciales derivado del régimen matrimonial.

    Y el hecho que haya vivido en el inmueble, no le da otro derecho distinto del que ya se señaló, pues la prescripción no corre entre ascendientes y descendientes, puesto que la casa la habitó como hija de su madre.