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AutorRespuesta No: 343767
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Fecha de respuesta: Martes 11 de Marzo de 2014 09:29 2014-03-11 09:29 desde IP: 189.210.253.56
Usted manifiesta que a su fallecimiento, su madre les dejó a usted y otros 8 hermanos una propiedad; sin embargo, es omiso en señalar si lo hizo verbalmente o por testamento, y en todo caso, si tramitaron el juicio sucesorio, ya fuera testamentario o intestamentario, en el que hubieran sido declarados herederos legítimos los 9 hermanos, y concluida la cuarta sección, se les adjudicó la propiedad, se protocolizaron las hijuelas ante Notario Público y se inscribió a nombre de todos ustedes en el Registro Público de la Propiedad.
Con independencia de lo anterior, debe usted tomar en cuenta que a ninguna persona puede obligársele a mantenerse en una copropiedad, como sería la que en todo caso ustedes tendrían sobre el bien o bienes que herederaron de su madre; por consecuencia, si usted y otro hermano desean conservarla, solamente pueden hacerlo adquiriendo de sus otros 7 hermanos los derchos de copropiedad que a cada uno de ellos les corresponden, para que de esa forma, solamente los dos que desean conservarla ´pr los muchos recuerdos que tienen en ella, se convertirían en los únicos coproietarios, y sus otro hermanos dispondrían de la cantidad de dinero que recibieran de la venta de sus derchos de copropiedad como mejor les plazca.
So usted y su otro hermano no cuenta con los recursos para adquriir los derechos de copropiedad de sus otros 7 hermanos, entonces no podrán impedir que, si éstos acuden ante un Juez, éste ordene la venta del inmueble para que su producto se distribuya proporcional y equitativamente entre los 9 hermanos.
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