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Fecha de respuesta: Martes 11 de Marzo de 2014 09:47 2014-03-11 09:47 desde IP: 187.208.13.128
la patria potestad ya la tiene asi com o la guarda y custodia y si el sr no da en un año y canto tiepo tiene q pasar...eso depende de ud. pasara el tiempo q ud quiera o puede llevar su sentenia de divorcio con un abogado para q le ayude con eso aca no la podemos asesorar ya q omite informacion de la sentencia de divorcio en el rubro d pension alimenticia asi q acuda con abogado q le llevo el asunto y y q le informe de acuerdo a lo estiplado ahi
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