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  • Consulta : 223648
  • Autor : Isengard
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  • Autor
    Respuesta No: 343055

  • Isengard
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Secundo la mocion de orden a la que nos invita a acatar el dilecto y excelente abogado lic. Raul Cadena.

    El foro es altruista y solo de asesoría juridica, sin intención de lucro o de conseguir clientela. En mi caso como no soy abogado lo poco que sé de leyes y que he escuchado lo comparto con fines altruistas unicamente, asi como propiciar la participacion de los dilectos y altruistas abogados que vienen al foro, esto con la intención de enriquecer el conocimiento juridico en general para todos los foristas.

    Saludos.

    sobre la consulta, le diré a la consultante:

    señora mía, la edad de 4 años me parece que es razonable para que su progenitor padre pueda llevarselo a su casa y darle los cuidados adecuados. Pero, ya el Juez decidirá, si es que el padre le demanda a usted el regimen de visitas.

    Saludos