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Fecha de respuesta: Martes 04 de Marzo de 2014 15:28 2014-03-04 15:28 desde IP: 187.208.57.205
si las escrituras existen tienen q olicitar su copia certificada en el registro publico de la propiedad y luego iniciar el juiicio o bien con el notario y no importa q tu hermana o tu faimliar este recluida pueden notificarle ahi done esta
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