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  • Consulta : 223339
  • Autor : raulcadena
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    La única solución ya se la informarón; solamente que su hermano demande el reconocimiento de la paternidad y durante el procedimiento ofreazca y desahogue la prueba pericial en genética (que deberá pagar), podrá obtener una sentencia judicial para que se hagan las anotaciones marginales en el acta de nacimiento del niño y se haga constar que él es el padre.

    Evidentmente, para ello requerirá contratar los servicios de un abogado.

    En tanto no lo haga, la persona que aparece en el Registro Civil como parel del menor, es quien legalmente está obligado a darle alimentos al niño, y a ejercer la patria potestad y convivir con él.