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Fecha de respuesta: Lunes 03 de Marzo de 2014 16:50 2014-03-03 16:50 desde IP: 70.39.231.187
lic. Cadena:
Ciertamente no lo sé, respondo lo que he escuchado del ambito legal, lo hago para tratar de ayudar, además de propiciar una opinión de algun dilecto abogado que venga a corregir los errores y nos enriquezca en conocimiento de lo que si es veridico en lo legal.
Yo habia oido que eso del 50% era para conyuges incluso en regimen de separacion de bienes, ¿tambien lo es para el concubinato? y me parece que solo es en el DF ¿cierto?
Corrigame por favor, dilecto Lic. Raul Cadena.
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