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  • Consulta : 223080
  • Autor : raulcadena
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si, si pueden demandarlo (dado que ya lo hicieron), y además, usted puede resultar condenada en el laudo que dicte la Junta, pues no es necesario que tengan algún documento firmado por usted para que ellas puedan acreditar, en todo caso, la existencia de la relación laboral.

    Lo que debe hacer es asistirse de un abogado especialista en Derecho Laboral, a fin de que comparezca con usted a la audiencia de conciliación, Demanda y Excepciones, y acreditando que es abogado o licenciado en Derecho, así como con los documentos que justifiquen la personalidad de ambos, es decir, la suya y la de él, proceda a contestar la demanda.

    Si usted no comparece, ni personamente ni por conducto de apoderado legalmente facultado, la tendrán por contestando la demanda en sentido afirmativo y por perdido el derecho de ofrecer pruebas, por lo que en tal caso, quienes la demanda no necesitan ofrecer ya ninguna prueba, pues se tiene por demostrada, tanto la relación laboral como las condiciones de trabajo y prestaciones que le reclaman.