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  • Consulta : 222511
  • Autor : elizh80
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  • elizh80
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    No hay un formato en si, estos solo el Abogado lo hace en base a la motivacion de los hechos, debiendo conocer de primera mano las documentales y situacion del inculpado para proceder a solicital la proteccion de la Justicia y para ello requiere de un Especialista en materia de amparo, no con un "machote".

    Por lo que comenta respecto a que el SAT emitio y notifico una Resolucion de Caracter Administrativo como es el PAMA, lo recomendable es iniciar con la Impugnacion via Recurso de Revocacion o Demanda de Nulidad (es opcional) y en estos desvirtue con pruebas los señalamientos, multas y porcedimientos, para que, en su caso de no obtener resolucion favorable recurra al Amparo Directo.

    Puede acudir a la Procuraduria de la Defensa del Contribuyente de su localidad (en el SAT le informan) y ahi le asesoran.