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  • Consulta : 222350
  • Autor : rosa isela
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  • Autor
    Respuesta No: 341001

  • rosa isela
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    lo q te correesponde a tu hijo dependera de lo q el sr perciba en su trabajo, ya q la pension se rige mediante la posibilidad de quien la otorga y la necesidad de quien recibe la pension ahora bien si tu hijo esta registrado por el padre biologico puedes demandar pension alimenticia y si el sr tiene seguro social el menor puede tener acceso al servicio medico, pero si el sr no registro al menor entonces tendras q iniciar otro juicio antes del de pension almenticia, en el cual debido al criterio de los jueces sera de un 10  a un 20 % del salario del sr depende de lo q gane y el criterio del juez