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  • Consulta : 222200
  • Autor : raulcadena
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Los abogados están haciendo lo necesario de acuerdo a las pruebas que usted aportó; si usted sostuvo que la firma era de su jefe inmediato, y un perito en grafoscopía dice que la firma que calza la constancia de vacaciones, no procede del puño y letra de él, entonces el no la firmó, y los abogados no tienen por ello responsabilidad, ya que confiaron en lo que usted les señaló.

    Sin embargo, si usted, además de esa documental ofreció otras pruebas para demostrar la existencia de la relación laboral, usted deberá esperar al dictado del laudo, como lo señalan sus abogados, a fin de que conozca qué valor demostrativo dió la junta a esos otros elementos de convicción, y si el laudo no le favorece, podrán promover el amparo directo, exponiendo los conceptos de violación a las garantías individuales que en su perjuicio haya transgredido la autoridad laboral.