- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 222057
- Autor : rosa isela
- Consultas en Foro: 7
- Respuestas en Foro: 7029
- Vox Populi:
Política: 0
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 89 % -
: 10 %
-
AutorRespuesta No: 340638
-
Fecha de respuesta: Martes 18 de Febrero de 2014 16:16 2014-02-18 16:16 desde IP: 187.208.89.238
la patra potestad ya la tiene ahora q si quere la guarda y custoda la tiene q demandar en vrtud de q sus argumentos son escuetos consulte a abogado de su localdad para ver q tan factble puede ser
-
Autor





