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AutorRespuesta No: 353754
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Fecha de respuesta: Sábado 26 de Abril de 2014 09:34 2014-04-26 09:34 desde IP: 189.210.253.56
Solamente constituyendo una organización sindical pueden llevar a cabo el emplazamiento a huelga, y eso después de cubrir además, una serie de requisitos y procedimientos.
Lo que deben hacer es asistirse de un abogado especialista en Derecho Labora, a fin de que los oriente en la constitución del sindicato, aclarándoles que para poder constituirlo, se requieren, cuando menos, 20 trabajadores en servicio activo, si en la empresa en que trabaja, son menos de 20 trabajadores, entonces no podrán constituir un sindicato.
El abogado que contraten les podrá explicar más ampliamente y darles la información que requieran.
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