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AutorRespuesta No: 340457
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Fecha de respuesta: Lunes 17 de Febrero de 2014 12:09 2014-02-17 12:09 desde IP: 189.212.205.133
Hoy mismo y sin demora, contrate a un abogado especialista en Derecho Laboral, a fin de que mañana asista junto con usted a la audiencia de Conciliacióin, Demanda y Excepciones; si no comparece usted ni persona que legalmente lo represente, le harán efectivos los apercibimientos contenidos en el auto admisorio de la demanda, y lo tendrán por contestándola en sentido afirmativo y por perdido el derecho de ofrecer pruebas; lo que es lo mismo, el juicio se seguirá en su rebeldía y lo condenarán en el laudo a pagar al trabajador las prestaciones que le demandó.
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