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  • Consulta : 221844
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 340428

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Por su ortografía es claro que no es el típico consultante iletrado, que cuenta con formación suficiente para saber los alcances de sus actos. Luego entonces sabe las consecuencias del reconocimiento de un hijo.

    Solicita que le recomienden y no que le asesoren. En ese sentido le recomiento lo siguiente: Sin prueba de ADN no reconozca ninguna obligación ya que los sentimientos superan a la realidad. Si realizados las pruebas de ADN resulta que sí es su hijo biológico, entonces con ellos reclame la paternidad y el registro de apellido así como las obligaciones respectivas. Pero sin la prueba de ADN ni se mueva, espere a que le demanden, si lo hacen.