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  • Consulta : 221756
  • Autor : ALEA JACTA EST
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  • Autor
    Respuesta No: 340426

  • ALEA JACTA EST
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimado (a) consultante; al respecto sugiero continúe con el juicio de rectificación de su acta de nacimiento, independientemente de la contestación que haya realizado el Oficial del Registro Civil demandado, considerando que la finalidad de su solicitud obedece a que ha utilizado una fecha distinta a la que se asentó originalmente en su registro de nacimiento y no de un simple capricho, sino con la necesidad de ajustar su acta de nacimiento a su realidad social y jurídica.

    Si aún está dentro del término probatorio, sugiero ofrezca prueba testimonial a cargo de sus progenitores preferentemente o familiares que tengan una diferencia de edad de 15  a 20 años mayores  que usted, ya que por la naturaleza del error que pretende corregir, es indispensable que los testigos cumplan con dicho requisito, virtud a que una de las manifestaciónes que deben realizar es que digan que les consta que usted nació en la fecha que indica ya que estuvieron en el momento de su nacimiento.

    Quedo a sus órdenes para cualquier duda o información adicional al respecto; esperando que esta información le sea de utilidad para su asunto y que en breve lo resuelva favorablemente.

    Lic. Álvaro Ruiz, cel. 44 31 82 90 72, Morelia Michoacán México, febrero 17, 2014.