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  • Consulta : 221688
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, ni puede despedir justificadamente a los trabajadores ni tampoco tiene fundamento para levantar ninguna acta administrativa, pues el patrón no puede modificar unilateralmente las condiciones de trabajo que han venido desempeñando los trabajadores, por lo que ellos no están obligados tampoco a asumir nuevas funciones o desempeñar otras actividades distintas de aquellas para las cuales fueron contratados.

    En caso que resuelva dar por terminada la relación laboral con ellos, incurrirá en un despido injustificado, con las consecuencias legales que ello le acarrea.

    En todo caso, podrá, si ellos están de acuerdo, convencerlos para que acepten esas nuevas funciones que pretende desempeñen, con la correspondiente retribución económica, pues no debe pasar por alto que el salario, es justamente la contraprestafción que el trabajador recibe por el trabajo prestado.

    Asístase de un abogado especialista en Derecho Laboral, para que debidamente orientado, trate de encontrar otra solución a la reorganización de la empresa.

    Y piense también si, derivado de esa reorganización, usted aceptaria que, por ejemplo, siendo Gerente, le asignaran funciones de limpieza y aseo de las instalaciones, nadamás porque así lo decidió el patrón.