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  • Consulta : 221582
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 340119

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Contrate a un abogado, quien se encargará, antes que otra cosa, de analizar si el despido del trabajador se encuentra justificado por alguna de las causales previstas en el artículo 47, de la Ley Federal del Trabajo o no, y en todo caso, de existir dicha causal, que lo oriente respecto del procedimiento para dar aviso al trabajador de su rescisión de contrato y proceder a elaborar su finiquito.

    En caso que no exista causa justificada para rescindirlo, el trabajador no está obligado a aceptar la cantidad que ustd le ofrezca por concepto de liquidación, y podrá demandarlo reclamándole, además de la indemnización constitucional y demás prestaciones a que tenga derecho, al pago de los salarios caídos hasta por 12 meses, y un interés del 2% sobre la cantidad que resulte de 15 meses de salario, a partir del año; si a pesar de ello insiste en despedirlo, entonces el abogado que contrate buscará la forma de negociar con el trabajador que acepte la liquidación que conforme a la ley le corresponde.