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  • Consulta : 221484
  • Autor : gerel
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  • Autor
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  • gerel
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    La ley del 73 dice que el tope es 10 SMDF y la ley del 97 dice que el tope es 25 SMDF.

    Para los que nos pensionamos por la ley del 73 intentaron reducirlo de 25 a 10 pero no prospero.

    Tu continua pagando con el tope de 25 y como menciona mi compañero la ley no es retroactiva y tampoco se te pueden quitar tus derechos ya adquiridos.