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Fecha de respuesta: Lunes 10 de Febrero de 2014 17:06 2014-02-10 17:06 desde IP: 201.124.20.71
Hola consultante, antes que nada es importante que sepa lo siguiente... Usted en primera instancia NO PODRA DEMANDAR ALIMENTOS para su menor hija, esto debido a que SU HIJA NO SE ENCUENTRA REGISTRADA NI RECONOCIDA POR SU PROGENITOR, para empezar lo que debe hacer es INICIAR UN JUICIO DE RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD obviamente en contra del "padre" de su menor, aqui viene lo interesante, si en en la contestación de la demanda "el padre" niega ser el progenitor, USTED DEBERA COSTEAR una prueba de ADN la cual tiene un costo de entre 15 y 25 mil pesos, dependiendo el laboratorio (CERTIFICADOS por el TSJDF), Ahora si el Sr. Se niega usted no tendra problema ya que ANTE LA NEGATIVA EXISTE LA PRESUNCIÓN, si lo reconoce no tendra problema tampoco, ahora, posteriormente a ello debera y podra iniciar el juicio de alimentos, mientras como le comento... DE NINGUNA MANERA! POR ELLO NO ME ADELANTARE A TITULO PERSONAL EN DAR UNA ASESORIA PUES CONSIDERO QUE PRIMERAMENTE DEBE SUBSANAR ESE PROBLEMA Y LO DEMAS RESULTA INECESARIO QUE LO SEPA DE MOMENTO. SALUDOS.
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