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  • Consulta : 221082
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Considerando que sus hijas fueron reconocidas por su pareja, a pesar de saber que no son sus descendientes biológicos, lo obliga a pagar alimentos a las menores, y de nada le servirá que argumente que no lo son.

    Debo también precisarle que, considerando que ustedes no están unidos en legítimo matrimonio; y que él está casado con otra persona, lo que impiede que su relación pueda configurar un concubinato, por lo que solamente constituye un amasiato, no puede existir la infidelidad; antes bien, por el contrario, él es infiel a su cónyuge precisamente por la relación que tiene con usted; sin embargo, ello no priva a sus hijas al derecho a alimentos al haber sido reconocidas como hijas del señor.

    En cuanto a la posibilidad de que pueda usted continuar habitando la casa en que actualmente vive, es completamente factible; sin embargo, para cualquier trámite, es necesario que se asista de un abogado especialista en Deecho de Familia, o bien que acuda a la Procuraduría de la Defensa del Indigena, en donde le asignarán a un abogado de oficio que gratuitamente le brinde la asistencia y asesoría legal que requiera.