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  • Consulta : 221027
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 339528

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Usted no aclara muchas cosas, pero de su consulta se presume lo siguiente: Que su mamá falleció y por lo tanto ustedes como sobrinos del de cujus heredarían por estirpe lo que le correspondería a la hermana (la mamá de ustedes). Si es el caso le informo que si su mamá falleció antes que el de cujus (su hermano y tío de Ustedes) ella no tendría derecho a heredar por cabeza y por lo tanto ustedes no pueden heredar por estirpe. Si su mamá falleció después del de cujus o al mismo tiempo, entonces sí pueden heredar ustedes como sobrinos por estirpe. Pero en todos los casos su papá no tiene ningún derecho.