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AutorRespuesta No: 339003
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Fecha de respuesta: Domingo 02 de Febrero de 2014 22:40 2014-02-02 22:40 desde IP: 201.141.121.177
Los parientes más cercanos excluyen a los más lejanos, Siendo que los hermanos de la de cujus son los que denunciaron el intestado, es de presumirse (sin afirmar) que su tía (de cujus) no tuvo hijos y por lo tanto son los hermanos los que acreditando el entroncamiento tienen derecho a heredar por cabeza. Por lo que su mamá (la de Usted) debe solciitar al Juez de lo Familiar que conoce de la sucesión, que se tramite la devolución del expediente al Archivo Judicial y una vez recuperado el mismo, se continúe con la sucesión citando a los herederos de los hermanos herederos que ya murieron, a efecto de que hagan valer sus derechos como herederos por estirpe.
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