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  • Consulta : 220340
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 338941

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Cuando se firma un poder y el poderdante no libera al apoderado de la rendición de cuantas, es claro que se está obligado a la rendición de cuentas. Sin embargo el familiar que reclama la rendición de cuentas debe demandar a la sucesión del hermano (apoderado). Ahora bien, cuando el poder es irrevocable se entiende que se liberó de esa rendición, pero eso sólo se puede saber teniendo el poder a la vista. De lo que señala en su consulta es claro que el dinero de la venta del inmueble pertenece a la sucesión de la hermana poderdante y que su padre administró fraudulentamente al traspasar los recursos a un tercero. Su asunto es complejo por lo que debe acudir con abogado especialista en la materia y cuídese de cuanto coyote hambreado se anuncia en este foro de asesoría gratuita publicando sus datos de contacto en todas sus "asesorisas".