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  • Consulta : 220332
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 338985

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    consultante... la propia financiera debe darte un contrato... y un calendario de pagos... el cual no puedes violar... o dejar de cumplir. NI UNA SOLA vez.... en ese calendario aparece cuanto es lo que vas a pagar finalmente que debe ser cuatro veces lo que pediste prestado... de entrada... no te conviene..