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AutorRespuesta No: 343182
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Fecha de respuesta: Viernes 07 de Marzo de 2014 00:28 2014-03-07 00:28 desde IP: 201.141.121.177
Sólo puede demandar ante un Juez de Distrito por la vía ejecutiva mercantil. No faltará algún coyotito que le diga que se puede amparar, que ese coyote le garantice por escrito tan temeraria afirmación y le repare el daño cuando le desechen su amparito y tal vez hasta le multen por notoriamente improcedente.
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