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  • Consulta : 219950
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 338572

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Los poderes se extinguen junto con la muerte del poderdante, luego entonces es claro que llegado el caso, sólo el albacea de la sucesión tendrá facultades para cobrar las rentas y rendir cuentas de las mismas.