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AutorRespuesta No: 338426
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Fecha de respuesta: Lunes 27 de Enero de 2014 08:30 2014-01-27 08:30 desde IP: 187.179.205.101
Una vez que cause ejecutoria la sentencia.
Puedes promover un incidente y luego otro.
Pueden ser juntos o separados. Te recomiendo juntos.
Tambien puedes hacerlo de manera simultanea.
Prepara la ejecucion.
Ya tienes embargado o que embargar.
Suerte. OK.
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