Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 219391
  • Autor : ulloa88
  • Consultas en Foro: 75
  • Respuestas en Foro: 3212
  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 3532
  • : 42 %
  • : 57 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 338219

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Lic. Calva Triste

     

    Agradezco infinitamente las palabras inmerecidas que hace hacia un servidor de usted.

    En efecto... eso lo tengo claro... si me niego a asentar una anotación las medidas de apremio no serán a la Institucion o a la persona Moral que represento... sino a la persona fisica. No obstante la duda que me gustaría compartir con ustedes era... al ser una simple medida de apremio derivada de una negativa de dar cumplimiento a una sentencia de Juez por las razones anteriormente expuestas, PIENSO recurrir al Juicio de amparo ... pero lo el criterio que comparto a uestdes es... aplicará o no el principio de definitividad asi como que si en ese misma caracter de particular puedo invocar en el Juicio de amparo la invacion de competencias del Poder Judicial al Poder Legislativo al intentar complementar lo dispuesto por ese articulo 305 del Codigo de procedimientos civiles. 

    Esas son mis inquietudes... sugun YO en la primera SI PUEDO y en la segunda no... pero me gustaría conocer la opinion de mis colegas que tengan a bien honrrarme con su comentario tan valioso como el que usted amablemente vierte al particular.

    Le reitero nuevamente mi eterno agradecimiento y le invito a que si tuviere alguna otra reflexion adicional a la amablemente aportada estaré encarecidamente honrrado.