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  • Consulta : 219288
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    No, no debe pagarle indemnización, dado que la terminación de la relación laboral no se deberá a un despido, sino al fallecimiento del trabajador.

    Sin embargo, si tendrá que pagar, a las personas a quienes la autoridad laboral, previo el procedimiento que éstas deben tramitar para que ls declaren legítimos beneficiarios, es la prima de antigüedad, consistente en 12 días de salario por cada año de servicios prestados, así como las vacaciones, prima vacacional y aguinaldo que se le adeuden.