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  • Consulta : 219196
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Vox Populi: Política: Derecho: Anecdotario:
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  • Autor
    Respuesta No: 338041

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    La CFE no es autoridad por lo que no es procedente ninguna demanda administrativa, debe demandar ante un Juez de Distrito por la vía ordinaria mercantil. Puede acudir al Instituto Federal de Derensoría Pública para que le asesoren gratuitamente.