- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 219005
- Autor : marcomcmlx
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 1907
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5565
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 337940
-
Fecha de respuesta: Domingo 19 de Enero de 2014 16:44 2014-01-19 16:44 desde IP: 189.134.149.126
Hablan de lo mismo. Tienes una IPP (incapacidad permanente paecial) El IMSS va calificar esa IPP y le dará una valuación (un porcentaje) al daño sufrido. Si la valuación es hasta de un 25%, te darán una indemnización. Si es mayor a 25 y hasta un 50% tu eliges entre indemnización y pensión. Si es mayor a 50% corresponde pensión. No se que valuación te den, pero de esta dependerá el monto de la indemnización o en su caso de la pensión.
-
Autor





