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- Autor : Lic. Saúl Toluca
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AutorRespuesta No: 337804
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Fecha de respuesta: Sábado 18 de Enero de 2014 00:06 2014-01-18 00:06 desde IP: 177.224.69.1
Estimado Consultante:
Concuerdo ampliamente en lo vertido por el Lic. Ochoa, sin embargo, quisiera comentarle lo siguiente:
La bien acertada opinión del Lic. Ochoa es valida UNICA Y EXCLUSIVAMENTE para el caso de que la propiedad en cuestión haya sido adquirida DENTRO DEL MATRIMONIO.
Es decir, que para el caso de que dicha propiedad haya sido, donada, heredada o adquirida por su Señora Madre ANTES del matrimonio, su padre, a pesar de haber contraido nupcias con la de jucus por el regimen de Sociedad Conyugal NO TENDRÁ DERECHO ALGUNO sobre los bienes testados que se encuentren en el presente supuesto y que para el caso del meneaje de dicho inmueble aplicaría, efectivamente, la opinión vertida por el Abogado antes citado.
Sin mas por el momento quedo de usted para cuestiones futuras.
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