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  • Consulta : 218937
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 337801

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Efectivamente tiene varios errores. Su padre también tiene derecho a heredar una parte igual a la de cada uno de los hijos, por lo que del total de la masa hereditaria (ya que no hace mención sobre otros bienes o menaje), su padre será dueño del 66.66 % y no de la mitad. El albacea (que tampoco aclara si es Usted) tiene derecho a un porciento de la masa hereditaria por su cargo ya sea que el testador le señale o por Ley. También puede recuperar los costos realizados que acredite en la rendición de cuentas. 

    Ni su padre ni nadie puede vender o transferir el dominio del inmueble ni de nada de la masa hereditaria sin denunciar la sucesión y sin previa autorización del Juez o o si no se ha adjudicado en sentencia, si lo hace esa venta estaría viciada de nulidad absoluta.

    Los costos de la sucesión por concepto de honorario van del 3% y no faltará algún coyote que le pida hasta un 10% o más. Se deben pagar los derechos por los informes que rinda el Registro Público de la Propiedad, el Archivo General de Notarias sobre la existencia o no de testamento, los costos los puede verificar en el Código Fiscal de D.F., los costos de avaluos y de escrituración y honorarios del notario.

    El Estado de la República que aparece en su consulta no es error de la página sino de su registro a la misma.