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  • Consulta : 218622
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 337538

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Lo primero que debe aclarar es si su padre se casó y si lo hizo fue bajo el régimen de sociedad conyugal, ya que de ser el caso su padre sólo le nombró heredero universal del cincuenta porciento de su bienes. El hecho de que en el testamento dejara a sus hermanos como herederos sustitutos deja de tener vigencia con la muerte del de cujus, es decir que es una cláusula que se señala en el testamento para el caso de que el heredero muera antes o al mismo tiempo que el heredero o de cujus. Luego entonces Usted es heredero universal y debe denunciar la sucesión de su padre ante el Juez de lo familiar o Notario si le conviene. Pero ojo ya que si su padre se caso por sociedad conyugal sólo podrá disponer de la mitad de los bienes y sus hemano sí podrán reclamar sobre la otra mitad.  En cuanto el error del acta de defunción sí tendrá problemas por lo que debe demandar la correción de la misma. Necesitará de los servicios de abogado titulado y cuidado con cuanto coyote se ponga a sus servicios en este foro de asesoría gratuita.