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  • Consulta : 218525
  • Autor : raulcadena
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  • Autor
    Respuesta No: 337452

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Si usted es despedido injustificadamente, tiene derecho al pago de las siguientes prestaciones:

    3 meses de salario por concepto de indemnización constitucional

    12 días de salario por cada año de servicios prestados, por concepto de prima de antigüedad, prestación que se paga con un salario máximo equivalente a 2 veces el salario mínimo general vigente en el área geográfica "A" a la que pertenece el Estado de Nuevo León, que es de $ 67.29 diarios, por lo que se toma como salario diario la cantidd de $ 134.58

    Vacaciones y prima vacacional correspondientes al último año de servicios cumplidos, en caso que no se las hayan otorgado

    Vacaciones y prima vacacional proporcionales al tiempo laborado a partir de la fecha en que cumplió el último año de servicios, y hasta el día en que sea despedido

    Aguinaldo proporcional al año 2014, a razón de 1.25 días de aguinaldo por cada mes trabajado

    Salarios y prestaciones devengadas y no pagadas a la fecha del despido; tiempo extraordinario y días de descanso obligatorio no pagados a la fecha de terminación de la relación laboral.

    En caso de que demande, además podrá reclamar el pago de salarios caídos hasta por 12 meses, y si en ese lapso no ha concluído el juicio o habiendo sido dictado el laudo, el patrón no ha dado cumplimiento a la resolucióin, un interés del 2% mensual sobre el salario equivalente a 15 meses de salario.