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AutorRespuesta No: 337854
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Fecha de respuesta: Sábado 18 de Enero de 2014 17:22 2014-01-18 17:22 desde IP: 189.195.36.68
CONSULTANTE; Le envio cordial saludo y al mismo tiempo le expreso lo siguiente;
1.- Ratifique su denuncia y/o querella, acudiendo ante el Ministerio Publico, de su caso.
2. El delito de robo se persigue de oficio no es necesaria su ratificacion para que la aseguradora le pague a menos que su poliza se lo señale, sirvase leer las condiciones o clausulas de su poliza.
3.- Puede presentar una queja contra la aseguradora en la Conducef, lleve su poliza, su identificacion y exponga su queja.
Gracias por la atencion que se sirva dar a la presente asesoria, exito en su planeamiento legal y que la aseguradora, le pague.
Muy Profesionalmente.
RAUL CHAVEZ
ABOGADO
CEDULA DGP 320891
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