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Fecha de respuesta: Sábado 11 de Enero de 2014 13:35 2014-01-11 13:35 desde IP: 187.162.210.121
Calixto, vamos a ejemplificar hipotéticamente:
El trabajador genera el derecho a disfrutar el tercer período vacacional al cumplir años de servicio en julio de 2012, lo que nos permite establecer, de conformidad con lo que señala el artículo 81, de la Ley Federal del Trabajo, que el patrón debe otorgarle su disfrute dentro de los 6 meses siguientes, es decir, entre los meses de julio de 2012 y enero de 2013; si el patrón no le concede esas vacaciones, es a partir de enero de 2013 cuando empieza a correr el término preivo contemplado por el numeral 516, del propio Código Laboral, que es de un año. Esto es, el trabajador puede demandar el otorgamiento o pago de esas vacaciones hasta el 31 de enero de 2014.
Las vacaciones correspondientes al cuatro año de servicios, lo genera en julio de 2013, y el patrón debe concedérselas dentro de los 6 meses siguientes; es decir, entre julio de 2013 y enero de 2014; como el trabajador renuncia, en el mismo supuesto hipotético, el 15 de enero de 2014, es a partir de este último día que empieza a correr la prescripción de un año para reclamarlas.
De lo anterior tenemos entonces que, considerando que el consultante no señala la fecha en que ingresó el trabajador a prestar sus servicios, si existe la posibilidad de que le reclame las vacaciones y prima vacacional de dos años; quiere mayor explicación, o los fundamentos que cito son suficientes?
En el caso de la prima de antigüedad que usted cita, en ningún momento hice alusión a esa prestación, lo que puede corroborar si atiende a lo que expresé, que para mayor claridad, transcribo: "salario, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, etcétera, situación que es perfectamente conocida del trabajador, tranquilamente podrá reclamarle nuevamente su pago e, inclusive, al menos de dos años anteriores, en el caso de vacaciones y prima vacacional".
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