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Fecha de respuesta: Miércoles 08 de Enero de 2014 16:08 2014-01-08 16:08 desde IP: 201.141.120.241
La patria potestad de los hijos no es un derecho, por el contrario es una obligación que no puede estar al capricho ni a convenio alguno de quienes la ejercen. Por otra parte el DIF no es autoridad que pueda sentenciar sobre limitaciones o incluso la pérdida ni de la patri potestad ni de la guarda y custodia. Sólo un Juez de lo Familiar una vez que sea oida y vencida en juicio podrá dictar sentencia al respecto.
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