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  • Consulta : 217771
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 337018

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Usted no puede hacer nada. Es su hijo quién por derecho propio debe demandar ante el Juez de lo familiar del D.F., los alimentos a efecto de que en la empresa donde trabaja el deudor alientista le descuente el por ciento que el juez determine de forma provisional y una vez dicatada kla sentencia pensión definitiva. Dígale a su hijo que se mueva.