Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 217209
  • Autor : raulcadena
  • Consultas en Foro: 3
  • Respuestas en Foro: 6188
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 336408

  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Licenciado Hugo Amtonioi Pérez, con el debido respeto, me sorprende que señalando ser especialista en materia penal, ignore que los ilícitos en materia de derechos de autor son delitos del fuero federal, y no del fuero común,  por tanto, el injusto cometido por la consultante se encuentre tipificado en el artículo 424, fracción III del Código Penal Federal, y la pena es de tres a diez años de prisión y multa de 2,000 a 20,000 dóas de salario, de acuerdo a lo previsto en el numeral 424 Bis, fracción I, de la propia Ley Sustantiva Penal Federal, toda vez que la consultante también refiere que la venta de los discos compactos la realizó en un cibercafé.