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AutorRespuesta No: 336408
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Fecha de respuesta: Jueves 26 de Diciembre de 2013 19:24 2013-12-26 19:24 desde IP: 187.162.210.121
Licenciado Hugo Amtonioi Pérez, con el debido respeto, me sorprende que señalando ser especialista en materia penal, ignore que los ilícitos en materia de derechos de autor son delitos del fuero federal, y no del fuero común, por tanto, el injusto cometido por la consultante se encuentre tipificado en el artículo 424, fracción III del Código Penal Federal, y la pena es de tres a diez años de prisión y multa de 2,000 a 20,000 dóas de salario, de acuerdo a lo previsto en el numeral 424 Bis, fracción I, de la propia Ley Sustantiva Penal Federal, toda vez que la consultante también refiere que la venta de los discos compactos la realizó en un cibercafé.
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