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  • Consulta : 216988
  • Autor : raulcadena
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Una sentencia causa ejecutoria cuando así lo declara el Órgano Jurisdiccional, o bien, por ministerio de ley.

    Causa estado cuando, notificada la sentencia de primera instancia a las partes, ninguna hacer valer el recurso ordinario previsto en la ley para combatirla, y pasado el término para recurrirla, la parte interesada solicita al juez que declare que causó ejecutoria.

    Causa ejecutoria por ministerio de Ley, cuando no existe ningún medio ordinario de defensa en su contra, o cuando interpuesto el recurso ordinario previsto en la Ley, el superior dicta sentencia en la que confirma, modifica o revoca la de inferior; en este caso, la sentencia ejecutoriada es la dictada por la Alzada.