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  • Consulta : 216969
  • Autor : raulcadena
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  • raulcadena
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    3 meses de salario por concepto de indemnizasción contitucional;

    12 días por cada año de servicios prestados por concepto de prima de antigüedad; prestación que se paga con un salariomáximo equivalente a 2 veces el salario mínimo del área geográfica en que se prestó el servicio;

    Vacaciones y prima vacacional correspondientes al último año de servicios cumplkidos, si no se las otorgaron;

    Vacaciones y prima vacacional proporcionales al tiempo laborado a partir del último año de servicios cumplidos y la fecha del despido;

    Aguinaldo proporcional tiempo laborado en el 2013;

    salarios devengados, tiempo extraordinario trabajado o días de descanso obligatorio y no pagados.

    Adicionalmente, si demanda y en el juicio el patrón no acredita la justificación del despido, los salarios caídos hasta por 12 meses, y si llegado ese plazo, no se ha dictado laudo o el pronunciado no lo ha cumplido el patrpon, a partir del año, un interés del 2% mensual sobre la cantidad equivalente a 15 meses de salario.

    No firme ningún documento, ni finiquito, liquidación, recibos, renuncia o cualquier otro, ya que el patrón podrá valerse de él para aducir que no lo despidió, sino que usted renunció voluntariamente del trabajo.

    Cualquier convenio o recibo que firme, debe hacerlo en la Junta de conciliación, y una vez que la autoridad laboral lo analice, sancione y aprueba, verificando que no contiene ninguna renuncia a sus derechos laborales.

    Asístase de un abogado especialista en Derecho Laboral, no estudiante ni pasante, y menos coyote o tinterillo, a efecto que proceda a presentar la demanda, ya que la acción prescribe a los 2 meses, contados a partir del día del despido.