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Fecha de respuesta: Sábado 14 de Diciembre de 2013 19:22 2013-12-14 19:22 desde IP: 187.162.210.121
Derivado de la relación de amasiato que sostiene con su actual pareja, dado que como lo explicó Garovalo, no existe el concubinato, usted puede separarse de ella en el momento que así lo decdida, sin que haya necesidad de alcanzar ningún acuerdo. pues entre ustedes no existe ningún vínculo legal que los una.
Considerando que la casa en que viven, es propiedad de ella, usted deberá salirse del domicilio, ya que no tiene ningún derecho respecto de ese inmueble.
Usted, se separe o continúe cohanitando con su amasia, está obligado a proporcionar al hijo que procrearon alimentos, los que podrá ministrar en forma voluntaria aportando un porcentaje que fluctúe en alrededor del 15% ó 20% de sus ingresos, o si no lo hace, esperar que ella lo demande ante un Juez de lo Familiar para que sea éste quien fije el porcentaje de la pensión, con el riesgo que, además de dcha demanda, proceda a presentar también su contra la querella correspondiente a su probable comisión en el delito de incumplimiento de las obligaciones familiares o alimentarias.
Si ella tiene o no contacto con el padre de su otro hijo, a usted ni le va ni le viene, y menos aún le beneficia o perjudica, como tampoco a ella; finalmente, usted no tiene ninguna obligación de proporcionar alimentos a ese niño, ni tampoco él a convivir con usted, ya que no es su hijo.
Su hijo (no usted) tiene derecho a convivir con usted, por lo que si no se ponen de acuerdo en el regimen de convivencias, usted deberá demandar, asistido de un abogado especialista en Derecho Familiar, la fijación de ese régimen por parte del Juez de lo Familiar.
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