- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 216379
- Autor : raulcadena
- Consultas en Foro: 3
- Respuestas en Foro: 6188
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 335202
-
Fecha de respuesta: Viernes 13 de Diciembre de 2013 12:19 2013-12-13 12:19 desde IP: 187.162.210.121
Que un abogado que domine la materia de la consulta o persona que sin serlo, ingrese al foro y considere oportuna su intervención, podrá responder, ya que su participación es voluntaria, por lo que nadie está obligado a contestarla.
-
Autor





